Qué es el secreto bancario y fiscal y por qué el oficialismo quiere levantarlo

Este jueves, el Senado vuelve a tratar en comisión la iniciativa oficial para pausarlo, en ocasiones particulares. Cómo se maneja en otros países.

Las Comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda se reunirán para tratar el proyecto de ley impulsado por el oficialismo para levantar el secreto bancario, bursátil y fiscal, presentado en conjunto con la iniciativa que busca pagar la deuda con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Los senadores analizarán concretamente el levantamiento del secreto bancario, fiscal y bursátil le permitiría a los fiscales a cargo de la investigación del dinero fugado de la Argentina no tener que esperar la autorización de un juez para acceder a esa información.

La iniciativa fue presentada por el senador Oscar Parrilli (Frente de Todos) junto a sus pares del círculo más cercano a la vicepresidenta Cristina Kirchner con el fin de modificar las excepciones al mantenimiento del secreto y la prohibición de revelar operaciones que rigen en el mercado de capitales y en el sistema bancario, entre otras entidades.

La propuesta es que este secreto bancario pueda ser levantado “en condiciones especiales: en el caso de que se vea existencia de delito o presunción. No será para un esquema general”, explicaron desde el oficialismo.

El proyecto, impulsado por el senador formoseño José Mayans, había sido analizado a principios del mes pasado, pero a luego de recelos de funcionarios del Banco Central y de la AFIP había sido frenada para estudiarse en profundidad.

El texto original modifica artículos de las leyes de entidades financieras, del mercado de capitales y de procedimiento fiscal referidos al secreto bancario. Concretamente, modifica el artículo 39 de la ley 21.526, de entidades financieras, allanando el acceso a la información bancaria a una extensa lista de funcionarios, magistrados e instituciones, desde jueces y fiscales en causas judiciales.

Formalmente, el texto señala que “los sujetos exceptuados mencionados deberán guardar absoluta reserva de la información que llegue a su conocimiento y serán responsables ante cualquier incumplimiento de dicha obligación”, pero a su vez mete presión sobre las entidades bancarias al precisar que “los informes requeridos deberán ser suministrados en un plazo no mayor a diez días desde su requerimiento no pudiendo oponer el secreto bancario ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad”.

El proyecto también modifica un artículo de la ley 26.831, de mercado de capitales y otro de la ley de procedimiento fiscal, con un parecido listado de funcionarios, organismos y magistrados a los cuales se les allana el acceso a información antes protegida.

En todos los casos se recuerda la obligación de las personas y entes pertinentes de guardar el secreto sobre la información a la que accedan invocando la norma, pero al multiplicarse el número de personas y entidades con acceso a la información, el concepto de “secreto bancario” pierde gran parte de su significado y corre el riesgo de convertirse en una suerte de “secreto a voces”.

 

Cuáles son los fundamentos del oficialismo

Entre las justificaciones a esta medida, los autores del proyecto señalaron: “los países centrales han puesto en marcha nuevos mecanismos para conocer el movimiento de los flujos financieros, sus destinos y destinatarios, los rendimientos que estos flujos generan, las entidades que operan en las transacciones, como una manera más de encarar la lucha contra esta situación”.

Esas iniciativas, dicen, fueron resistidas por “importantes actores mundiales” y “sectores bancarios muy poderosos que hacen del secretismo una forma clara de atraer dineros, a veces sin la debida justificación de su origen, a sus jurisdicciones”.

De ese modo, prosiguen, “engrosan no solamente la masa de recursos que movilizan, sin preguntarse la procedencia de los fondos, si no (SIC) también y consecuentemente, las ganancias y beneficios que obtienen”.

 

Cuáles son los casos testigos

En Estados Unidos se aprobó en 2010 la llamada “Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras”, conocida por su sigla en inglés, FATCA (por Foreign Account Tax Compliance Act), vigente desde 2013 y que dispone la obligatoriedad a todas las instituciones financieras extranjeras que operan en EEUU de identificar e informar sobre los ciudadanos y residentes norteamericanos con depósitos e inversiones en esos bancos”.

El 27 de mayo de 2015, la Unión Europea y Suiza firmaban un acuerdo histórico de transparencia tributaria. Las dos partes se comprometían a intercambiar automáticamente toda la información de las cuentas bancarias de sus residentes respectivos a partir de 2018. Era el final del secreto bancario en Suiza, un país con reputación centenaria acreditada como paraíso fiscal facilitador de la evasión fiscal y de la circulación de dinero ilícito.

Por este acuerdo, los Estados miembros de la UE pueden localizar fácilmente y combatir a los defraudadores fiscales. Además, actúa como mecanismo disuasorio contra todos aquellos que pretenden esconder propiedades y activos financieros en el extranjero para evadir impuestos. 

 

Fuente: Iprofesional.com