Hasta el 31 de julio de 2022 se podrá acceder al Miniplan del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales sin considerar la categoría del SIPER
Se extiende al 31/7/2022 el plazo para que los contribuyentes puedan solicitar la adhesión al Mini plan -RG (AFIP) 4959- para cancelar las obligaciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales sin que se tenga en cuenta la categoría del SIPER del contribuyente.
El beneficio mencionado sólo alcanzará a los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER.