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RESOLUCIÓN (MDP) 352/2022  BO 04/05/2022

Se realizan modificaciones en el reglamento de funcionamiento y operación de la Zonas francas de Río Gallegos y Caleta Olivia

 

Se establecen las siguientes modificaciones en las Zonas francas de Río Gallegos y Caleta Olivia.

* Las personas mayores de 16 años que no residan de manera definitiva en la Provincia de Santa Cruz gozarán de una franquicia máxima de dos mil dólares (USS 2.000) debiendo tributar el 100% de los derechos, tributos y tasas que le corresponde a la mercadería en su ingreso al Territorio Aduanero General, sobre el excedente de la franquicia de US$ 600 aplicable a residentes.

* Para la adquisición de vehículos automotores se establece la obligación de presentar un “Certificado de Zonas Francas de Residencia Santacruceña” para la comprobación de la residencia mínima de dos años en el territorio de la Provincia.