Inversiones mineras: Se reemplazan las disposiciones que posibilitan solicitar la acreditación o devolución de sumas abonadas de más invocando la estabilidad fiscal
Se reemplazan los requisitos, plazos y condiciones para que aquellos sujetos beneficiarios de la estabilidad fiscal prevista en la ley de inversiones mineras -L. 24196, art. 8- que consideran haber soportado en un ejercicio fiscal una carga tributaria y/o arancelaria total superior a la que hubiera correspondido puedan solicitar la acreditación o devolución de las sumas abonadas de más.