LEY (Corrientes) 6600   BO 06/06/2022

Declarar interés provincial al ecoturismo: beneficios impositivos

Se declara de interés provincial al Ecoturismo como alternativa del desarrollo turístico sostenible y sustentable, así como todas las acciones que se implementen con el fin de promover su crecimiento, ordenamiento y control.

Al respecto, se establece que serán beneficiarios del citado régimen, las personas humanas o jurídicas que realicen inversiones vinculadas a las actividades objeto de la presente y que se encuentran debidamente inscriptas en el Registro de Prestadores Turísticos que obra en el Ministerio de Turismo.

Entre los principales beneficios, destacamos que, las inversiones comprendidas gozarán de estabilidad fiscal, beneficios, franquicias provinciales y exenciones impositivas establecidas en el Régimen de Promoción de Inversiones –L. (Corrientes) 5470-.

También se establecerán sistemas de crédito y financiamiento en condiciones ventajosas de plazo y tasa de interés a aquellas inversiones en instalaciones y equipos que se requieran para estimular el Ecoturismo, garantizando una adecuada asistencia técnica y administrativa.