AFIP embarga billeteras virtuales por más de $800 millones

La Justicia habilitó la medida sobre contribuyentes que acumulaban pasivos impagos. De esta manera, se re acomodó el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó este miércoles con los embargos a billeteras virtuales por más de $800 millones, que se acumularon en deuda por parte de los contribuyentes morosos. De esta manera, el organismo encabezado por Mercedes Marcó del Pont amplió su capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La Justicia habilitó la medida sobre contribuyentes que acumulaban pasivos impagos. En detalle, la decisión fue tomada por magistrados de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, Ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y distintos distritos de la provincia de Buenos Aires, entre otros.

Según informaron desde AFIP, los montos adeudados a través de embargos a activos digitales se concretan sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, por ejemplo. En estos casos, para determinar sobre quiénes actuar, se abasteció del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.

Sobre las ejecuciones de las deudas fiscales, estas se suspendieron durante nueve meses como parte de las herramientas implementadas para mitigar los efectos económicos de la pandemia del Covid-19. A lo largo de este período, se puso a disposición de los contribuyentes distintas opciones que permitieron avanzar en la regularización de pasivos que se acumularon por diversas razones.

En esta línea, bajo el proceso de recuperación económica que experimenta el país y con el objetivo de proteger el interés fiscal, la agencia de Gobierno que lidera del Pont retomó en febrero las ejecuciones fiscales. La AFIP hizo foco en quienes consideró más riesgosos y con mayores montos de deuda.

 

FUENTE: Ambito.com