Saltar al contenido

DISPOSICIÓN GENERAL (ARCA Catamarca) 43/2022 BO 01/07/2022

Adopción de la CUIT como única identificación tributaria de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos

Se establece que, a partir del 1 de julio de 2022, los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos tendrán como única identificación el número de Clave Única de Identificación Tributaria –CUIT- otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP- .

Asimismo, aquellos que hubieran obtenido su número de inscripción –Número de ingresos brutos- con anterioridad a la presente, quedarán identificados de oficio con el número de la CUIT correspondiente.