RESOLUCIÓN GENERAL 5229 – BO 08/07/2022

La AFIP concede un plazo especial de vencimientos para los contribuyentes alcanzados por la medida cautelar

La AFIP otorga un plazo especial para los vencimientos de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular correspondientes al período fiscal 2021, alcanzando únicamente a los contribuyentes o responsables que se encuentren amparados por la medida cautelar dispuesta por la justicia federal.

Las nuevas fechas de presentación de las declaraciones juradas quedan definidas para el 13 de julio –CUIT terminados en 0, 1, 2, 3 y 4- y 14 de julio -CUIT terminados en 5, 6, 7, 8 y 9-, quedando la fecha de pago fijada en el día hábil siguiente.