Adecuación de montos para establecer el funcionario que autorizará las solicitudes de reintegro de saldos a favor
Se adecuan los montos para delimitar los funcionarios competentes, a cargo de los cuales estará la aprobación del calculo y autorización de las solicitudes de reintegro de los saldos a favor -RG (DGR Mendoza) 72/2004-.
Al respecto se establece que el director general de Rentas de la Provincia de Mendoza estará facultado para efectuar la liquidación y ordenar el reintegro de los saldos a favor cuando los importes comprendidos sean inferiores a $ 2.000.000.
Asimismo, cuando la suma sea superior a $ 2.000.000, el funcionario facultado para ordenar el pago y efectuar la liquidación será el administrador general de la Administración Tributaria Mendoza.