Sistema Integral de Multas (SIM) se incluye el decomiso de bienes
A través de la RN 20/22 se incluye el decomiso de bienes en el Sistema Integral de Multas (SIM), a fin de que el infractor pueda, de manera accesible y eficiente, dar cumplimiento a la sanción que le fuera impuesta, mediante la liquidación y abono de la correspondiente suma de dinero.
RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 20/2022
LA PLATA, 27/07/2022
VISTO el expediente Nº 22700-7592-2022, por el que se propicia modificar la Resolución Normativa N° 56/2014 y su modificatoria, que aprueba el Sistema Integral de Multas (SIM) para la liquidación y pago en todos los procesos vigentes relativos a sanciones pecuniarias que tramitan por ante esta Agencia de Recaudación, y
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Incorporar en la Resolución Normativa Nº 56/2014 y modificatoria, como artículo 2° bis, el siguiente:
“ARTÍCULO 2° bis. Establecer que el Sistema Integral de Multas (SIM) alcanzará, asimismo, a los supuestos de decomiso de bienes que se encuentren en instancia de ejecución en el marco de un proceso judicial y el juez interviniente haya resuelto o habilitado sustituir dicha sanción por una suma de dinero. El instrumento judicial que ordene o habilite la sustitución deberá encontrarse notificado fehacientemente a los infractores y firme.”
ARTÍCULO 2°. Incorporar en la Resolución Normativa Nº 56/2014 y modificatoria, como ARTÍCULO 2° ter, el siguiente:
“ARTÍCULO 2 ter. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, los infractores deberán ingresar al Sistema Integral de Multas (SIM) desde la página web de esta Agencia de Recaudación (www.arba.gob.ar), utilizando su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y su Clave de Identificación Tributaria (CIT). En caso de no contar con una Clave de Identificación Tributaria (CIT), podrán obtenerla de acuerdo a lo previsto en la Resolución Normativa N° 58/2020 y modificatoria o aquella que en el futuro la modifique o sustituya.
Una vez efectuado el ingreso, podrán liquidar los volantes de pago que serán identificados con la leyenda “Sustitución Judicial Decomiso”.
El pago se identificará con el comprobante respectivo, el que deberá ser presentado en el expediente judicial en el que tramita la ejecución del decomiso de bienes en cuestión”.
ARTÍCULO 3°. Sustituir el Formulario R-112 A que, como Anexo Único forma parte integrante de la Resolución Normativa N° 56/2014 y modificatoria, por el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 4°. Aprobar el Texto Ordenado de la Resolución Normativa N° 56/2014 y modificatoria que como Anexo II forma parte integrante de la presente, reordenando la numeración y orden del articulado aprobado por dicha Resolución
Normativa conforme a las modificaciones realizadas mediante la presente.
ARTÍCULO 5°. La presente Resolución Normativa comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Cristian Alexis Girard, Director Ejecutivo.