RESOLUCIÓN 559/2022 (M.E.) B.O. 25/08/2022 

Incrementan las tasas de interés resarcitorio y punitorio vigentes a partir de 09/2022. Dejan sin efecto el esquema de actualización trimestral.

Adecuan las tasas de interés de los artículos 37, 52 y 179 de la Ley N° 11.683 (to 1998 y modif.), y en los artículos 794, 797, 811, 838, 845 y 924 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero y modif.), dejando sin efecto los esquemas de actualización automáticos previstos en la normativa vigente – R. (MH) Nº 598/19. Para la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la fecha de entrada en vigencia de  esta resolución, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que éstos alcancen. Vigencia: 25/08/2022 y surtirá efectos a partir del 01/09/2022.