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SE DECLARA LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL APORTE SOLIDARIO (IMPUESTO A LA RIQUEZA)

El JUZGADO FEDERAL DE CORRIENTES  Secretaría Nº 3. Sentencia Definitiva AUTOS Y VISTOS “INTRA, MANUEL ULISES c/ AFIP s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD”; Expte.  Nº1335/2021

El Juzgado Federal de Corrientes 1 declara, para el caso particular, la inconstitucionalidad de la aplicación de la Ley Nº 27.605 y su reglamentación, que exigen el pago del “Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”.
Entre los considerandos del fallo, se señala que no es un Aporte Solidario, sino que se trata de un impuesto nacional sobre todos los bienes existentes al 18 de diciembre de 2020 de personas humanas y sucesiones indivisas, cuyo valor total exceda los $ 200.000.000; y luego, se resuelve que el mismo resulta violatorio de las garantías del derecho de propiedad, el principio de no confiscatoriedad, el de razonabilidad y el principio de capacidad contributiva. 

 

Si desea acceder al fallo completo haga link en el siguiente link:

Fallo Impuesto a la riqueza