AGIP: TIPS A TENER EN CUENTA AL PRESENTAR LA DDJJ ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LOS IIBB DE CONTRIBUYENTES LOCALES

Frente al inminente vencimiento, que va del 20 al 26 de septiembre de 2022, para la presentación de la DDJJ anual 2021 del impuesto sobre los ingresos brutos de la CABA en cabeza de los contribuyentes locales, acercamos algunos aspectos básicos a tener en cuenta en su confección.

  

INFORMACIÓN DE INTERÉS PROFESIONAL

TIPS PARA TENER EN CUENTA PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA DDJJ ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA CABA, CONTRIBUYENTES LOCALES, CORRESPONDIENTE AL PERÍODO FISCAL 2021

Frente al inminente vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cabeza de los contribuyentes locales correspondiente al período fiscal 2021, acercamos aquí los aspectos básicos a tener en cuenta en su confección.

A tales fines desarrollaremos los siguientes ítems en formato de preguntas y respuestas:

– Normativa aplicable.

– Casos en que se debe emitir certificación de contador público (con su respectiva legalización ante el CPCECABA).

– Sanciones aplicables ante incumplimientos.

– Cronograma de vencimientos.

– Aplicación web a utilizar.

Cual es la normativa aplicable?

La declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos de la CABA para contribuyentes locales se encuentra regulado por la resolución (AGIP) 511/2014.

Como se debe presentar la declaración jurada?

La citada norma establece que los contribuyentes locales del gravamen deben presentar la declaración jurada anual en forma electrónica, por medio de la aplicación en línea que se encuentra disponible en la página web www.agip.gob.ar.

A los fines de acceder a la mencionada aplicación web, se deberá contar con la clave ciudad provista por la AGIP (nivel 1 o superior, según corresponda).

Quienes deben presentar certificación contable?

El artículo 3 de la resolución (AGIP) 511/2014 determina que los contribuyentes que estén organizados jurídicamente como sociedades regulares conforme la ley 19550 deben certificar la declaración jurada anual con la intervención de un contador público y legalizar dicha certificación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA). Este organismo luego remitirá a la AGIP la legalización respectiva -de acuerdo con lo convenido entre ambas instituciones-.

Consecuentemente, quedan exceptuadas de tener que emitir certificación contable las personas humanas.

Que sanciones le son aplicables ante incumplimientos?

La falta de cumplimiento de la obligación de realizar la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos respetando las disposiciones de la resolución (AGIP) 511/2014 por parte de los contribuyentes locales de CABA dará lugar a la aplicación del régimen de sanciones por la infracción a los deberes formales previsto en el Código Fiscal y ley tarifaria vigentes

Pero no menos importante, resulta lo establecido por medio de la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 52/2018 – BO: 22/03/2018, –Matriz de perfiles de riesgo fiscal que dice que serán incluidos en el padrón de Riesgo fiscal nivel alto (nivel 3) en el ámbito de CABA aquel contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos que tuviera 1 omisión en la presentación de la declaración jurada anual y, en Riesgo fiscal nivel muy alto (nivel 4) aquellos contribuyentes con más de 1 omisión en la presentación de la declaración jurada anual, con todas las implicancias que ello acarrea (mayores alícuotas de los regímenes de percepción y retención, incorporación al SIRCREB con la alícuota más alta vigente, etc.).

Cuáles son las fechas de vencimientos?

Por medio de la resolución (DGR Bs. As. cdad.) 2129/2022 se fijan, desde el 20/9/2022 hasta el 26/9/2022, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2021, por parte de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las mismas se determinarán sobre la base del dígito verificador de la CUIT del contribuyente de acuerdo al siguiente detalle:

 

DDJJ Anual de ISIB Categoría Locales – Período Fiscal 2021

D.V. CUIT

0 y 1

2 y 3

4 y 5

6 y 7

8 y 9

FECHA

20/9/2022

21/9/2022

22/9/2022

23/9/2022

26/9/2022

 

Cuál es la aplicación a utilizar para la preparación y presentación de la DDJJ?

La presentación de la declaración jurada anual se debe realizar en forma electrónica, por medio de la aplicación en línea denominada Declaración Jurada Anual IB, que se encuentra disponible en la página web www.agip.gob.ar, debiéndose acceder a la misma con la respectiva clave ciudad.

Se debe ingresar a aplicación, “Declaración Jurada Anual IB”.

Recordamos que previamente se debe asignar el servicio en caso de ser la primera DDJJ anual que se confeccione.

Al ingresar a la aplicación Declaración Jurada Anual IB se visualizan, en el costado izquierdo de la pantalla, las siguientes secciones:

– Datos Representado muestra el apellido y nombre o razón social y la CUIT del contribuyente local.

– Agregar DDJJ: allí en el campo Año está predeterminado el 2021. Si seleccionamos Agregar, se despliega la rama 2021 Original dentro de la sección siguiente denominada Detalle.

– Detalle/2021 Original: esta rama contiene la carpeta Datos DDJJ, donde se despliega la primera subcarpeta denominada Datos Básicos, cuya pantalla se visualiza a continuación.

El aplicativo se deberá completar con la información referida a marcas, franquicias, sucursales, socios, CBU, principales clientes, proveedores y la determinación del impuesto 2021.

Una vez cargados los datos especificados en esta subcarpeta y guardados los mismos, se habilitará en el menú del costado izquierdo, como si fuera una última subcarpeta, el ícono Enviar DDJJ, al cual se deberá acceder para formalizar la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos de la CABA, contribuyentes locales, correspondiente al período fiscal 2021.