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CUANDO EL “ERROR” ES MUY CARO

Un tribunal consideró justificado el despido de una mujer que se desempeñaba como cajera de banco y autorizó retiro de efectivo de la cuenta de un hombre fallecido en más de una ocasión. Según el fallo, la empleada debió exigir el DNI de quien se presentó a cobrar.

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes hizo lugar al recurso de inaplicabilidad de ley presentado por el banco provincial contra el fallo de Cámara que revocó la decisión de primera instancia y le dio la razón a una ex cajera que alegó que la despidieron directa e injustificadamente.

La causa se inició cuando la entidad decidió desvincular a la mujer por considerar que incumplió los deberes de prestación y de conducta, concretamente el de “fidelidad”, al apropiarse indebidamente de la suma de $ 2.715,99 con dos extracciones que se concretaron por intermedio de su caja los días 15/03/12 y 19/04/12 de la cuenta abierta a nombre de una persona fallecida.

El STJ revocó el fallo de Cámara que consideró al despido como “exagerado” y ponderó los comprobantes de las extracciones, que fueron ofrecidos como prueba no estaban firmados por la cajera sino por dos personas distintas según lo asegurado por el perito.

Los miembros del Tribunal consideraron que la conducta indebida quedó probada y se le “imponía una mayor responsabilidad en el cumplimiento de los deberes de conducta a la hora de pagar. De haber exigido la exhibición del Documento Nacional de Identidad de quién se presentó al cobro y de haber constatado la identidad bastaba para no incurrir en el incumplimiento después endilgado”. 

“Sin duda eso no ocurrió. El hecho injurioso existió y atento la responsabilidad que el cargo de cajera de un banco impone a quién la ostentó, constatada la irregularidad a través de la investigación que hiciera la entidad bancaria demandada, la medida dispuesta encontró amparo en lo dispuesto en el art. 242 de la LCT y legitimó el despido”, explicaron los magistrados.

El STJ revocó el fallo de Cámara que consideró al despido como “exagerado” y ponderó los comprobantes de las extracciones, que fueron ofrecidos como prueba no estaban firmados por la cajera sino por dos personas distintas según lo asegurado por el perito.

De esta manera, el Máximo Tribunal rechazó el pedido indemnizatorio de la ex empleada que consideró injustificado su despido.

Fuente: Diario Judicial
@diariojudicial