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LEY 27686

Ley de Promoción de inversiones en la industria automotriz-autopartista y su cadena de valor 

Se crea el Programa de fomento a nuevas inversiones de la industria automotriz-autopartista que comprende las inversiones en bienes de capital nuevos y las obras de infraestructura relacionados con la industria automotriz-autopartista.

Las personas jurídicas constituidas en la República Argentina o habilitadas para actuar dentro de su territorio podrán acceder a los siguientes beneficios:

– Devolución del saldo a favor técnico por inversiones que no hubiera sido computado en los 3 períodos fiscales siguientes

– Amortización acelerada de los bienes de capital y de las obras de infraestructuras en el impuesto a las ganancias

– Reducción de la alícuota al 0% de los derechos de exportación hasta el 31/12/2031

En otro orden señalamos que se extiende hasta el 31/12/2027 el plazo para que las empresas interesadas en acceder a los beneficios de la ley de desarrollo al autopartismo argentino –L.27263- puedan solicitar su incorporación al mismo, pudiendo recibir los beneficios que establece el citado régimen.