DÓLAR: AFIP APLICARÍA EN FORMA RETROACTIVA EL 25% ADICIONAL QUE NO SE PUEDA COBRAR POR INCONVENIENTES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS BANCOS

AFIP estudia que todos los días en los que no se pueda “cobrar” correctamente la retención del 25% extra, la aplicará de manera retroactiva, aunque este mecanismo no será para gastos efectuados antes del 13 de octubre.

 

Una medida más con dificultades para implementarse. Se trata del dólar Qatar, que comenzó a regir desde el 13 de octubre pasado, pero que aún no está del todo activo operativamente.

Los bancos se encontraron con una dificultad muy clara: a pesar de que el cupo de US$300 mensuales por el que no se cobra el “extra” del 25% es por CUIT -por persona-, un mismo individuo puede tener diferentes tipos de tarjetas de distintos bancos y distintas procesadoras de pagos.

Eso hace que se vuelva casi imposible determinar si una persona se excedió o no de los US$300 mensuales para aplicar la percepción extra a cuenta de Bienes Personales, y que lleva al dólar “Qatar” por arriba de los $317, de acuerdo al cierre de la cotización de ayer. Los sistemas de los bancos no permiten hoy cruzar la información como se debería, explica Sofía Terrile en una nota publicada hoy en TN.

El viernes pasado hubo una reunión entre la AFIP y los distintos jugadores del sistema financiero que participan en la aplicación del dólar “Qatar” o dólar “tarjeta recargado”. Allí se definió que, para las tarjetas de crédito, se aplicará la percepción por liquidación al finalizar el período de cada plástico en todos los casos en los que el consumo mensual supere los US$299,99.

En el caso de las tarjetas de débito y las prepagas, y por las dificultades para definir el corte mensual -porque funcionan a modo de cuenta corriente-, se aplicará transitoriamente la percepción a consumos únicos que superen los US$299,99.

En el caso de las tarjetas de débito y las prepagas, y por las dificultades para definir el corte mensual -porque funcionan a modo de cuenta corriente-, se aplicará transitoriamente la percepción a consumos únicos que superen los US$299,99. Además, y en caso de que haya imposibilidad de percibir, la responsabilidad recaería en el contribuyente porque se aplicaría la ley de Procedimiento Fiscal (11.683).

Mientras tanto, la AFIP les solicitó a los bancos que trabajen en un sistema nuevo para cruzar todos los datos. Las entidades financieras no esperan tenerlo listo antes del Mundial de Qatar. Llevará tiempo, dinero y análisis legal de hasta qué punto pueden cruzar datos de consumo de los clientes sin violar el secreto comercial.

Los bancos estiman que podrían tardar hasta cuatro semanas para crearlo. Hasta que eso esté listo, la autoridad fiscal se comprometió a brindarles información para que puedan realizar el cruce.

En la reunión también se habló de una advertencia: mientras todo esto se desarrolle, AFIP estudia que todos los días en los que no se pueda “cobrar” correctamente la retención del 25% extra, la aplicará de manera retroactiva.

Igualmente, este mecanismo no será para gastos efectuados antes del 13 de octubre, momento en el que se publicó la resolución, pero sí para los que se hayan realizado después de esa fecha y anteriores a que se crucen todos los datos de manera correcta.

 

Eso quiere decir que si alguien está pensando en usar diferentes tarjetas para escaparle al cupo de US$300, es muy probable que la AFIP cruce información y se cobre lo que corresponde por norma cuando pueda. El argumento es que, a pesar de que no está del todo operativa, los argentinos saben que esta nueva medida existe.

 

Fuente: Blogdelcontador.com