RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5283

Impuesto a las ganancias: quedan exceptuadas de la base de cálculo de retención las remuneraciones por guardias médicas en centros de salud en zonas desfavorables

Se establece que quedan exceptuadas de la base de cálculo de la retención del impuesto a las ganancias las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública, cuando la prestación del servicio se realice en un centro público de salud ubicado en zonas sanitarias desfavorables declaradas expresamente por la autoridad sanitaria nacional.

Señalamos que los agentes de retención que al 11/11/2022 hubieran efectuado la retención sobre rentas que debían considerarse exentas, deberán reintegrar las mismas en la primera remuneración que se pague con posterioridad a dicha fecha.