Qué consideraciones tener en cuenta respecto a las inversiones a realizar considerando plazos de presentación, alícuotas y exenciones, entre otras cuestiones fundamentales.
Al analizar la cuestión impositiva de las inversiones, hay que tener en cuenta diversos aspectos, tales como si la inversión la realiza una persona física o jurídica, si la renta obtenida es de fuente argentina o extranjera, así como si la inversión la realiza un residente en el país o un residente en el exterior.
Según el caso, pueden aplicar distintos impuestos, criterios, alícuotas, exenciones, etcétera.
Ahora bien, al hablar del impuesto sobre los bienes personales, se determina tomando como base los bienes que la persona tiene al 31 de diciembre de cada año, venciendo el plazo para la presentación de la declaración jurada y pago habitualmente a mitad del año siguiente.
Por ello, para esta parte del año, en lo que respecta a inversiones hay que tener ciertas consideraciones.
Bienes gravados y bienes exentos
Es importante destacar que ciertos bienes pueden estar gravados y otros estar exentos. En base a esos bienes gravados del país y/o del exterior se determinará el impuesto.
Nosotros analizamos los instrumentos que no están gravados a fin de continuar potenciando los ahorros.
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Por ejemplo, hay que tener en cuenta ciertos Fondos Comunes de Inversión, en la medida que estén colocados en oferta pública autorizada por la CNV y al menos un 75% del fondo este compuesto por bienes exentos en el impuesto.
Por otro lado, los títulos públicos tanto soberanos como subsoberanos, en diferentes monedas, están exceptuados del impuesto.
Qué inversiones no tributan Bienes personales
Algunos ejemplos de inversiones a tener en cuenta:
- Fondos Comunes de Inversión: La mayoría de los FCI conocidos como T+1 y T+0 pueden estar exceptuados, tal como el Premier Renta Fija Ahorro. La ventaja, con respecto a una caja de ahorro bancaria, que también está exceptuada, es que el FCI permite generar rendimiento todos los días.
- Títulos Públicos, tanto en pesos como en dólares: Creemos que una buena alternativa, para quiene buscan invertir en el corto plazo -a menos de seis meses- es el bono TX23, con vencimiento el 23 de marzo del 2023 y que rinde a la fecha CER +6,0%. Cabe destacar que el rendimiento esperado de este bono se sitúa por encima de la inflación y de un plazo fijo.
Asimismo, otro bono soberano pero en dólares es el GD30, una alternativa interesante ya que en el último tiempo subió aproximadamente un 40%.
Por último, un Título Público Provincial interesante puede ser el subsoberano exento en dólares “Provincia de Córdoba 2026 (símbolo CO26D)”, que paga un rendimiento en dólares anual del 5%.
Fuente: Perfil.com