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PBA: REFORMULAN OBTENCIÓN DE LA CIT

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (Arba) a través de la Resolución Normativa 58/20 reglamentó la Clave de Identificación Tributaria (CIT) y los distintos procedimientos que los sujetos pueden utilizar a los efectos de obtener la misma.

No obstante el ente recaudador bonaerense acaba de dictar la Resolución Normativa 26/22 introduciendo modificaciones a la RN antes citada, en particular en su artículo 2°, a los efectos de adecuarlo al Convenio Marco de Colaboración Institucional y Asistencia Técnica y un Convenio Específico de Colaboración Institucional y Asistencia Técnica firmado el 18 de julio de este año con el Ministerio de Justica de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires.

En dicho documento acordaron establecer compromisos mutuos y recíprocos tendientes a desarrollar un plan de trabajo conjunto e implementar mecanismos tendientes a la simplificación de los procedimientos vinculados entre ambas partes.

Así, en el Convenio se acordó que las personas jurídicas y contratos con domicilio legal en la jurisdicción, en oportunidad de tramitar su inscripción inicial ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ), obtengan a través de Arba la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos pudiendo solicitar la tramitación conjunta de la Clave de Identificación Tributaria (CIT) –RN 58/20 – y la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Por tal motivo, se reformuló el artículo 2° de la indicada RN receptando la nueva modalidad de obtención de la Clave de Identificación Tributaria (CIT) y a la par, quedará constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) del interesado. Las modificaciones entraron en vigencia desde el 24/10/22, día de la publicación oficial de la RN 26/22.

 

Fuente: Ambito.com