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RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA 5301/2022 (A.F.I.P.) y RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA 5301/2022 (S.I.D.P.)  – B.O. 12/12/2022 

Personas jurídicas empleadoras del sector privado inscriptas en el Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital – Formalidades y condiciones para la utilización del beneficio de reducción de contribuciones patronales – Norma complementaria del Decreto N° 379/2001.

Se establece que las personas jurídicas empleadoras del sector privado inscriptas en el Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital, en el ámbito de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía, que a su vez reúnan los requisitos previstos en el art. 2 del Decreto 379/2001, de acuerdo a lo que verifique la citada Secretaría en su carácter de Autoridad de Aplicación, podrán acceder al beneficio dispuesto en el inc. a) del art. 3 del referido decreto respecto del pago de las contribuciones patronales vigentes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), al Fondo Nacional de Empleo (FNE) y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (RNAF).