Los publicó AFIP en su página web y serán aplicables para el primer semestre del 2023
La AFIP publicó los importes de las operaciones a partir de los cuales se deben identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.
Los nuevos montos son aplicables a partir del 1° de enero y obedecen a la actualización semestral en base a la variación del IPC del periodo julio-diciembre 2022.
En tal sentido, debe identificarse al adquirente en operaciones de venta minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 61.534; o cuando la operación sea por un importe superior a $ 30.767 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea «comercialización mayorista«, salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 30.767y sea cancelada por medios electrónicos.
Recordamos que los mencionados importes por operaciones con consumidores finales, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.
¿Qué datos deben contener los comprobantes?
- Apellido y Nombres.
- Domicilio.
- CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).