Medidas de alivio fiscal para los contribuyentes alcanzados por el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía en determinadas provincias
Los contribuyentes alcanzados por el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, cuyo período de vigencia del estado de emergencia agropecuaria o zona de desastre finalice con posterioridad al 08/02/2023, o bien corresponda a resoluciones que se emitan hasta el 30/04/2023, inclusive, podrán solicitar los beneficios fiscales de: plazo especial para pago de ganancias – excluido cedular, bienes personales, fondo para la educación y promoción cooperativa y monotributo; y suspensión del ingreso de los anticipos de dichos gravámenes. Asimismo, se suspende la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, así como se considerarán los beneficios fiscales derivados de la venta forzosa de hacienda.
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