La AFIP confirmó a través de la Resolución General 5.319/2023 que las plataformas digitales pagarán IVA en las transacciones digitales de venta. En detalle, desde cuándo se aplicará, a quiénes afecta y cuánto se pagará de alícuota.
LA AFIP confirmó que se extenderá el pago de un régimen especial de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para las transacciones de plataformas digitales de ventas de productos, bienes muebles y servicios, entre otros. El tributo comenzará a regir desde el próximo 1° de abril, según la Resolución General 5319/2023, publicada en el Boletín Oficial.
Comportamiento. Los usuarios se inclinan por comprar a través de la web. El termómetro es uno de los productos que más se adquirió en las últimas semanas
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AFIP extiende alcance de IVA a transacciones de plataformas digitales
De este modo, la AFIP informó que se trata de “un régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado”, aplicable a “las operaciones de venta de cosas muebles no registrables nuevas y/o usadas, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios, concertadas y/o perfeccionadas electrónicamente a través de “plataformas digitales””, detalla la norma.
Fuente: Ambito.com