Saltar al contenido

Decreto 168/2023

Se difiere al 1 de julio de 2023 la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.

Se establece que los incrementos en los montos del impuesto a los combustibles y al dióxido de carbono que resulten de las actualizaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, a la totalidad del año 2022 y al primer trimestre del año 2023 surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1/7/2023, inclusive.