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Nuevos beneficios fiscales para los productores afectados por la sequía

El Ministro de Economía de la Nación anunció que se dispondrán una serie de medidas excepcionales de alivio fiscal para los productores agropecuarios afectados por la grave sequía.

Las medidas incluirán la suspensión de intimaciones y beneficios fiscales para la venta forzosa de vientres, además de la eliminación de trámites para agilizar el acceso a los beneficios.

A través de su cuenta de Twitter, Sergio Massa dijo que “Hemos impulsado un decreto y posterior resolución conjunta entre la AFIP y el Ministerio de Agricultura para que todo productor agropecuario que esté en una zona declarada como de emergencia, no deba efectuar ningún trámite y pueda acceder de manera simple y directa a estos beneficios“.

Al respecto, desde la Secretaría de Agricultura indicaron que en los próximos días se emitirá un decreto para que los productores que están en zonas de emergencia y que su actividad principal sea agropecuaria y/o ganadera, accedan de manera automática a los beneficios de alivio fiscal que establece la ley de emergencia, sin necesidad de efectuar ningún trámite.

Con este decreto se permitirá a la AFIP establecer un plan de facilidades de pago para los productores alcanzados por la emergencia tengan la posibilidad de regularizar todo tipo de deuda fiscal en hasta 48 cuotas mensuales.

De acuerdo al comunicado del Ministerio de Economía, la cantidad de cuotas “dependerá de condiciones equitativas para la normalización de las deudas, considerando el origen y el tipo de deuda que pretende cancelar y la evaluación del grado de cumplimiento de sus deberes formales y materiales“.

 El régimen de regularización de deudas también incluirá a los recursos de la seguridad social, vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentación del plan de facilidades de pago, junto con sus intereses y multas.

Además, se suspenderán las intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, los juicios de ejecución fiscal y el levantamiento de los embargos en las cuentas bancarias.

De igual manera, también se suspenderá el pago de anticipos del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales y se otorgarán beneficios fiscales para la venta forzosa de vientres.

Desde la cartera económica expresaron que “La suspensión del ingreso de anticipos correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales regirá hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia. Se trata de aquellos vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del citado estado de emergencia“.

Por otra parte, el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina podrá deducirse del impuesto a las ganancias en el balance impositivo.

Detallamos que en el caso de monotributistas, gozarán del beneficio las obligaciones mensuales correspondientes al componente impositivo cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o zona de desastre agropecuario.