COMERCIO INTERJURISDICCIONAL – LIMITE CONSTITUCIONAL
Causa: Crucero del Norte SRL c/Buenos Aires, Provincia de s/acción de inconstitucionalidad
Fecha: 25.04.2023
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se decide: Hacer lugar a la demanda iniciada por Crucero del Norte S.R.L. contra la Provincia de Buenos Aires y, en consecuencia, ordenar al Estado local demandado que se abstenga de ejercer actividades de fiscalización en materia laboral o de policía del trabajo respecto de los choferes de la actora que prestan servicios de transporte automotor de pasajeros de naturaleza interjurisdiccional, en tanto no se trate de una actividad coordinada con la autoridad de aplicación nacional, y declarar la invalidez de las actas de infracción labradas a la actora por el Ministerio de Trabajo provincial
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Límites constitucionales respecto del comercio interjurisdiccional