Diputados de Juntos por el Cambio, solicitaron que se actualicen de manera urgente las escalas para que los contribuyentes no sean pasados de categoría.
Frente a la inminente recategorización del régimen de Monotributo -se realiza durante el mes de julio-, Diputados de Juntos por el Cambio, con Germana Figueroa Casas a la cabeza, solicitaron que se actualicen de manera urgente las escalas para que los contribuyentes no sean pasados de categoría o queden fuera injustamente.
«Se estima una inflación acumulada de más del 40% en los primeros 5 meses del año. No puede ser que aún no se haya anunciado la actualización de las escalas. No es justo pagar más sólo porque nuestra moneda vale menos. Con esta presión inflacionaria deberíamos apuntar a hacer, por lo menos, actualizaciones trimestrales o mensuales», declaró Figueroa Casas, contadora y especialista en finanzas públicas.
El proyecto de resolución presentado por los Diputados insta al Poder Ejecutivo Nacional a que haga uso de la facultad reconocida en el art. 52 de la ley de Monotributo y actualice antes de la fecha determinada los parámetros para determinación de las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Presentan proyecto para actualizar las escalas del Monotributo
«No mantener actualizada las escalas genera dos problemas graves, por un lado empujamos a los pequeños contribuyentes a la economía informal y, por el otro, excluimos de este Régimen a muchas personas incorporándolas al régimen general y forzando así un brusco salto en su monto global de tributación», explicó Figueroa Casas.
El proyecto de ley contó con la firma de los Diputados Nacionales Matías Taccetta, Pablo Torello, Silvia Lospennato, Mercedes Joury, Laura Rodriguez Machado, Ana Clara Romero, Ingrid Jetter, Sofía Brambilla, María Eugenia Vidal, Graciela Ocaña, Federico Angelini, Fabio Quetglas, Carlos Zapata, Paula Omodeo, Alejandro Finochiaro, Héctor Stefani, Susana Laciar, Marcela Coli, Martín Tetaz, Carla Carrizo, Gerardo Cipolini y Lidia Ascarate.
Monotributo: cómo recategorizarse, paso a paso
Enero y julio son los meses del año para la recategorización semestral para los monotributistas del Régimen Simplificado. Aunque el monotributo es un régimen simplificado y sencillopara que los cuentapropistas puedan autogestionarse, con el tiempo se fue complejizando con distintas normativas y regulaciones. A continuación se aclaran algunas dudas que puedan surgir.
¿Que tener en cuenta para la recategorización?
Como indica el artículo 9° de la Ley 24.977, hay que hacer un análisis de lo actuado en los últimos 12 meses de:
-La facturación.
-La superficie afectada a la actividad.
-La energía eléctrica consumida.
-Los alquileres devengados.
El total de los valores que arroje cada parámetro, habrá de compararse con la tabla de AFIP, y recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto.
El 29 de diciembre la AFIP publicó la actualización de los parámetros de facturación elevando en un 114% el monto tope de las primeras tres categorías del monotributo (A,B y C) respecto de enero de 2022, en un 93,42% para la D; y en un 72,4% para el resto.
Si, según el análisis, corresponde que la persona se quede en la misma categoría en la que está, no debe hacer nada y, pasado el plazo de recategorización, la AFIP entenderá que, al no hacer ninguna acción en el «Portal Monotributo», la persona se mantiene en los parámetros correspondientes a la misma categoría, señaló Infogremiales.
Hay que tener en cuenta que una cosa es mantenerse porque corresponde según los parámetros y otra es no hacer el trámite. La AFIP, con distintos regímenes de información, controla las acreditaciones en cuenta, consumos y facturación electrónica.
¿Hasta cuándo se puede hacer la recategorización?
Las fechas disponibles para la recategorización son del 1 al 20 de cada enero y julio.
En caso de que se pase la fecha y no se haya hecho la recategorización, la AFIP puede hacer la recategorización de oficio, además de aplicarte sanciones.
En caso de que se pase la fecha y no se haya hecho la recategorización, la AFIP puede hacer la recategorización de oficio
La recategorización de oficio es un proceso sistémico que opera cuando un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta. El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está encuadrado.
Los monotributistas que sean recategorizados de oficio por la AFIP recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año.
La categoría asignada puede recurrirse dentro de los 15 días de recibida la notificación, a través del mismo servicio. Vencido el plazo, el recurso podrá iniciarse mediante «Presentaciones Digitales».
¿Cuándo entra en vigencia nueva categoría y monto?
La nueva categoría de monotributo tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente y hasta el último día del mes en que deba efectuarse la próxima recategorización.
El pago del monotributo con el monto de la nueva categoría se realizará a partir del primer día del mes siguiente al de la recategorización y hasta el último día del mes en que deba efectuarse la próxima.
Paso a paso para hacer la recategorización
-Ingresar al portal web de Monotributo.
-Indicar CUIT, clave fiscal y presionar «Aceptar».
-Seleccionar la opción «Recategorizarme»
-Seleccionar la opción «Continuar recategorización».
-Informar los nuevos parámetros.
-Indicar la opción «Imprimir credencial».
-El sistema emitirá el F.184 -como comprobante de la recategorización realizada- y la nueva Credencial de Pago
Fuente: Iprofesional.com