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RAZONES DE IMPULSAR UN NUEVO BLANQUEO

El mensaje de elevación del proyecto se centra en los diversos convenios de intercambio de información suscriptos por el país.

La búsqueda de dólares estadounidenses para fortalecer las reservas del Banco Central (BCRA) es el objetivo principal de esta medida extraordinaria, incluso beneficiando, a través de las alícuotas del impuesto especial a aquellos que exterioricen sus ahorros en el exterior y realicen la repatriación de un porcentaje que fijará el PEN y que no podrá ser inferior al 10% del total de los bienes del exterior que se declaren.

La iniciativa enviada al Congreso tiene un régimen general de normalización y un régimen simplificado con tope de u$s50.000 y una alícuota menor.

En el mensaje de elevación que acompaña el proyecto se esgrimen como razones los distintos convenios de intercambio de información firmado por el Estado argentino desde 2011 a la actualidad. En ese sentido destaca que hasta el presente “existen más de 4.900 relaciones de intercambio bilaterales activadas con respecto a más de 110 jurisdicciones comprometidas con el intercambio automático de información de cuentas financieras…”

Pero hace especial hincapié en el acuerdo del 5/12/22 firmado por el país con el Gobierno de Estados Unidos para mejorar el cumplimiento tributario internacional e implementar FATCA, donde se comprometen a la “asistencia mutua en materia fiscal basada en una infraestructura efectiva para el intercambio automático y recíproco de información”, como así también respecto de la implementación de las disposiciones emitidas por EE.UU. en el marco FATCA.

De esta breve síntesis surge la intención del legislador de vincular las tenencias no exteriorizadas con la información con que cuenta o contará el Fisco, según el acuerdo.

En la parte dispositiva se estipula expresamente que la norma proyectada no liberará a los sujetos obligados a informar a la UIF, del artículo 20 de la Ley 25.246, de las obligaciones de prevención de las operaciones de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo u otros delitos derivados de leyes no tributarias, excepto evasión o participación en la evasión.

Fuente: Ambito.com