Comisión Nacional de Valores – Resolución 967/2023 (B.O. 3/07/23)

En el Boletin Oficial del dia 3/7 se publico la Resolución 967 emitida por la Comisión Nacional de Valores, la cual tiene vigencia a partir del 4/07/2023.-

En la misma se establece que los Agentes de Negociación (AN), en su función de intermediación entre sus clientes y las Alyc, podrán prestar servicios tendientes a gestionar los fondos que provengan o se originen en actividades de corretaje de granos, agropecuarias y agroindustriales con el objetivo de operar en el mercado de capitales.

A través de dicha modificación la Comisión Nacional de Valores (CNV) reforzó los objetivos de control y supervisión cuando los AN desarrollan, de manera simultánea, actividades vinculadas con el sector agropecuario.

El organismo estableció también que las Alyc integrales que ofrezcan el servicio de liquidación y compensación deberán observar pautas de segregación de los activos de terceros (clientes de las AN) cuando se trate de fondos provenientes de la liquidación de operaciones en el ámbito del mercado de capitales o destinados para ello. 

Por lo tanto, deberán contar con un esquema especial de cuentas bancarias, consistente en abrir y mantener, en forma adicional, una cuenta destinada exclusivamente a ser utilizada para la segregación de los fondos provenientes y/o aplicados a las operaciones realizadas en el mercado de capitales. 

Además, la entidad de control determinó que se simplificará el régimen informativo aplicable a los AN, eliminando el requisito de presentación de la certificación contable semestral sobre el cumplimiento de patrimonio neto mínimo y contrapartida líquida emitida por contador público independiente. 

También clarificó y estableció que, en el marco de sus funciones, los AN (tanto para su cartera propia como para clientes) sólo podrán actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados, ingresando ofertas en forma directa en la colocación primaria y/o registrando también en forma directa operaciones en la negociación secundaria.

Los Agentes de Negociación son sociedades autorizadas para actuar como intermediarios en el mercado. Tanto para su cartera propia como para sus clientes, sólo puede brindar asesoramiento relacionado con inversiones en el mercado de capitales, en colocaciones primarias o negociación secundaria. 

La intermediación de las entidades les permite actuar en la colocación primaria (ingresando ofertas) y negociación secundaria (ingresando ofertas y/o registrando operaciones) a través de los sistemas informáticos de negociación de los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores.

Para acceder a la norma haga click en el siguiente llink: 

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/385000-389999/385979/norma.htm