Comunicación A (BCRA) 7813

PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR

 USO DE “CUENTAS ESPECIALES PARA TITULARES CON ACTIVIDAD AGRÍCOLA Y OTRAS” Y “CUENTAS ESPECIALES PARA EXPORTADORES”. 

Se establece que a los beneficiarios del Programa de Incremento Exportador les corresponde utilizar las “cuentas especiales para titulares con actividad agrícola y otras” y “Cuentas especiales para exportadores” para la acreditación de toda liquidación de divisas.

Adicionalmente, los titulares de las “Cuentas especiales para titulares con actividad agrícola y otras” deben presentar una declaración jurada ante la entidad financiera depositaria.

Para acceder a la normativa haga click en el siguietne link:

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – Comunicación “A” 7813/2023