Comunicación A (BCRA) 7813

PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR

 USO DE «CUENTAS ESPECIALES PARA TITULARES CON ACTIVIDAD AGRÍCOLA Y OTRAS» Y «CUENTAS ESPECIALES PARA EXPORTADORES». 

Se establece que a los beneficiarios del Programa de Incremento Exportador les corresponde utilizar las «cuentas especiales para titulares con actividad agrícola y otras» y «Cuentas especiales para exportadores» para la acreditación de toda liquidación de divisas.

Adicionalmente, los titulares de las “Cuentas especiales para titulares con actividad agrícola y otras” deben presentar una declaración jurada ante la entidad financiera depositaria.

Para acceder a la normativa haga click en el siguietne link:

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – Comunicación “A” 7813/2023