Resolución SIP N° 24/2023 Letra D

Reordenamiento del Régimen de Retención, Percepción y Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Fecha de Publicación 12/07/2023

(Relacionada con el Decreto N° 720/2023. Deroga las Resoluciones de la Secretaría de Ingresos Públicos N° 10/2021, 23/2021, D-14/2022 y D-11/2023)

Reordena todas las normas dictadas en materia retención, percepción y recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y nomina a agentes de retención, percepción y recaudación. 

Como consecuencia de la sustitución del texto unificado de la reglamentación de los regímenes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos -D. (Cba.) 720/2023-, se dispone un reordenamiento de los agentes de retención, percepción y/o recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos y la reglamentación de los aspectos relativos a la aplicación de los mencionados.

Al respecto se establece que corresponderá practicar la retención cuando el pago supere el monto de $ 15.000,00, con excepción de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (E.P.E.C.) quien deberá computar la suma de $ 25.000.

Para acceder a la norma haga click en el siguiente link:

Resolución SIP N° 24/2023 Letra D – Reordenamiento del Régimen de Retención, Percepción y Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Dirección General de Rentas (rentascordoba.gob.ar)