En las fiscalizaciones de AFIP es cada vez más frecuente que se hagan ajustes por facturas apócrifas en razón del proveedor, ¿en qué se apoya?
El criterio de la AFIP en la fiscalización de facturas apócrifas provoca un sin número de problemas tanto a empresas grandes como pymes que contratan de buena fe con proveedores que luego el organismo recaudador declara ficticios o apócrifos. ¿Por qué ocurre esto?
La AFIP desde hace década cierra fiscalizaciones que no arrojaron irregularidades, pero no sin antes realizar por lo menos un ajuste por facturas apócrifas en razón de un proveedor que, al momento de la compra era real, pero luego se volvió “apócrifo” en función de que puso en negro a sus trabajadores
“El tema se ha profundizado tanto que las causas por facturas apócrifas inundan los tribunales de primera instancia y Cámara, hasta llegar en ciertos casos a la Corte Suprema de Justicia”, relató el consultor tributario Richard Amaro Gómez.
Cómo define AFIP facturas y proveedores apócrifos
Amaro Gómez distingue entre los siguientes 3 conceptos respecto de facturas apócrifas:
Facturas apócrifas extrínsecas
La factura simula ser un documento oficial o autorizado por la AFIP, pero no lo es.
Facturas apócrifas intrínsecas por la operación
El documento es oficial, está autorizado por la AFIP, pero las operaciones fueron inexistentes. O sea, no se produjo en la realidad económica de los hechos ninguna venta de cosas muebles, prestaciones de servicios, locaciones de bienes o realización de obras. Es una operación ficticia, pese a que las facturas y los documentos que lo acompañan son auténticos.
Facturas apócrifas intrínsecas por el proveedor
Las facturas están debidamente autorizadas por la AFIP, existiendo las operaciones de ventas de bienes, prestaciones de servicios y locaciones de bienes, pero no fueron realizadas por el proveedor que facturó esos conceptos, sino por otro que quedó ocultó.
Cómo establece la AFIP que un proveedor fue apócrifo
Para identificar a los supuestos proveedores apócrifos, la AFIP se basa en indicios. Y los tribunales consideran que cuando el organismo recaudador presenta un cuadro serio de indicios, que son graves y concordantes entre ellos, es el contribuyente quien deberá probar la veracidad de las operaciones, indicó Amaro Gómez.
“Los indicios se pueden definir como aquellos datos que contribuyen a la convicción sobre un hecho. Los mismos por sí sólo no demuestran ni tampoco permiten afirmar nada, dado que requieren para la afirmación de un supuesto hecho de otros indicios, que vinculándose los unos con los otros, permitan afirmar que es poco probable que el proveedor haya realizado las operaciones declaradas en las facturas”, describió.
Uno de los indicios fundamentales que utiliza la AFIP para detectar proveedores apócrifos es la existencia de empleados en relación de dependencia, ya que el factor humano es clave para la capacidad económica de un proveedor que dice vender bienes o prestar servicios, especialmente si estamos frente a un volumen importante de operaciones, explicó.
Por este motivo, la AFIP está recurriendo cada vez más a cruces de información, no sólo para detectar el empleo no registrado, sino también a los proveedores apócrifos.
El rol de los sistemas informáticos de AFIP en el mundo apócrifo
Recientemente, la AFIP informó que detectó a un grupo de firmas que, por los rubros en los que se desempeñan, deberían estar inscriptas como empleadoras y, sin embargo, no informaron tener trabajadores a cargo, recordó Amaro Gómez.
Según la AFIP, “la aplicación de tecnología avanzada y sofisticados cruces de información centralizados permitieron dar con 480 firmas que evidenciaron necesitar trabajadores para llevar a cabo la actividad económica declarada ante el organismo. Las comunicaciones enviadas apuntan a que estas empresas procedan a registrarse como empleadoras y registrar a sus trabajadores desde el período que corresponda”.
De este modo, los sistemas informáticos de AFIP permiten detectar actualmente la existencia de personal no registrado y de proveedores apócrifos, a través de cruce de datos sobre actividad económica declarada y necesidad de personal en relación de dependencia.
Fuente: Iprofesional