La propuesta de Acuerdo Conclusivo Voluntario establecida por el Decreto 1128/2023 deberá ser solicitada y presentada por el contribuyente y/o responsable ante la Dirección de Inteligencia Fiscal de manera fundada detallando en forma pormenorizada la solución conciliatoria y acompañando -bajo pena de inadmisibilidad formal- dictamen emitido por profesional contador y/o abogado matriculado en la Provincia de Córdoba, en donde se deje constancia por manifiesto -en forma clara- de las diversas interpretaciones de las normas en conflicto, estimaciones y/o valoraciones que motivan controversia y demás datos, circunstancias, antecedentes y/o elementos que deriven del procedimiento determinativo de oficio iniciado por el fisco.
Fuente:https://cms.rentascordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2023/08/decreto_n°_112…