El BCRA público en la fecha las normas bancarias aplicables en el marco del Decreto N° 463/2023, el cual dispuso las condiciones de la línea instrumentada por la Anses que tendrá una Tasa Nominal Anual (TNA) subsidiada del 50%, con tres meses de gracia y que se podrá devolver en 24, 36 o 48 cuotas.
El BCRA entre otras directivas estableció que los bancos comerciales que posean clientes con “cuenta sueldo” que sean titulares de tarjetas de crédito emitidas por esas entidades, deberán acreditar en esas tarjetas de crédito los importes correspondientes a las financiaciones que se otorguen en el marco del Decreto N° 463/23.
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