Resolución 1125/2023 (B.O. 04.09.2023) – Ministerio de trabajo, empleo y seguridad social

Asignación No Remunerativa Decreto 438/23 aclaraciones y definiciones.  

A través de la Resolución 1125/2023 el Ministerio de Trabajo establece que se entiende por salario neto a los fines del Decreto 438/2023 al importe que surge de deducir del salario bruto los aportes personales que corresponden al:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) Ley 24.241
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley 19.032
  • Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley 23.660

La asignación no remunerativa corresponde a los trabajadores con relacionales laborales declaradas hasta el 31 de agosto de 2023, en tanto hayan prestado tareas en forma efectiva.

El monto total de la asignación será calculado sobre los salarios devengados en el mes de agosto de 2023 y será abonado en 2 cuotas iguales y consecutivas con vencimiento, la primera de ellas, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir del 1° de septiembre de 2023 y, la segunda, con los salarios a abonarse en el mes de octubre, conforme la normativa legal vigente.

En todos los casos, cuando la prestación de servicios fuera inferior a la jornada legal o convencional, el monto total de la asignación será calculado proporcionalmente a las horas efectivamente trabajadas.

La asignación también es procedente para aquellos trabajadores que al 31 de agosto de 2023 se encuentren con licencia con goce de haberes a causa de enfermedad o accidente inculpable, en cuyo caso el monto total de la asignación se determinara en función de la jornada laboral que venía desempeñando antes de iniciar la licencia.

Para acceder a la normativa haga click en el siguiente link:

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – Resolución 1125/2023