Resolución (RENATRE) 5151/2023 – (B.O. 30.10.2023)

TRABAJO AGRARIO: SE MODIFICA LA REGLAMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO

Mediante la Resolución 5151/2023 RENATRE se establecen los siguientes parámetros respecto al régimen de prestaciones por desempleo:

  • eliminar el pago único de las prestaciones por desempleo pendientes al momento de la reactivación del beneficio y limitando dicha acción de reactivación únicamente cuando el/la trabajador/a no califique para el otorgamiento de un nuevo beneficio y con un máximo de 12 cuotas,
  • en caso de reactivación del beneficio, las cuotas serán abonadas de acuerdo con los valores vigentes a la fecha de la solicitud, se computará dicho período a los fines previsionales (Ley 24.013) y adicionalmente el/la trabajador/a contará con la prestación médico-asistenciales (Ley 23.660), cobertura de sepelio para el titular y su grupo familiar directo y las asignaciones familiares a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social, en el caso de que así corresponda,
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  • el plazo máximo para solicitar la reactivación es de 90 días contados a partir de la finalización de la relación laboral que diera origen a la situación legal de desempleo. Si la solicitud de reactivación es presentada fuera de plazo, los días que excedan los 90 días serán descontados del total el período de prestación que le correspondiere;
  • si el/la trabajador/a cumple con los requisitos para el acceso a una prestación por desempleo, las cuotas anteriores que no hubiera percibido se extinguen, v. el plazo total de la prestación por desempleo se extenderá por 6 meses adicionales por un monto equivalente al 70% de la prestación mensual correspondiente a los cuatro primeros meses, cuando el trabajador tuviera 45 años o más, siempre que el/la interesado/a lo solicite y en el caso de que la situación legal de desempleo persista,
  •  es obligación para el/la trabajador/a notificar al RENATRE en forma inmediata en caso de reingreso a la actividad, bajo pena de dar de baja el beneficio y la extinción del derecho, asimismo, se dispone la baja de oficio del beneficio cuando el RENATRE tome conocimiento de dicha situación, aunque no mediare comunicación por parte del/la trabajador/a.

Para acceder a la norma haga click en el siguiente link:

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES – Resolución 5151/2023