DECRETO (PE) Nº 567/2023

Nueva prórroga de la actualización del Impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil

En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha, y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, postergan hasta el 01/02/2024, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, derivados de las actualizaciones del 3er y 4to trimestre del 2021, a los 4 trimestres del 2022 y del 1er, 2do y 3er trimestre del 2023. 

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – COMBUSTIBLES – Decreto 567/2023