Resolución general 5472

Comercio exterior: Crean los perfiles “Importador/Exportador” y “Despachante de Aduana/Declarante”

La AFIP adecua sus normas sobre “Registros Especiales Aduaneros”, para la gestión de la importación, exportación y despacho de mercaderías. En ese sentido, se incorpora la figura del “declarante”, quien será el importador/exportador o persona humana o jurídica autorizada por éste, los cuales deberán darse de alta en el “Perfil de Despachante de Aduana/Declarante”.

Señalamos que -mediante el DNU 70/2023-, se eliminaron los registros de despachantes de aduanas y de importadores y exportadores del Código Aduanero y por ello se asignará automáticamente el “Perfil de Importador/Exportador” y/o el “Perfil de Despachante de Aduana/Declarante” a aquellos sujetos que ya se encuentren inscriptos en el Registro de Importador/Exportador y/o Despachante de Aduana, según corresponda, al 29/12/2023.