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Resolución General (IGJ) Nº 2/2024 (BO 31/01/2024)

IGJ. Objeto social: Autorizan la constitución de sociedades con objeto múltiple.

Modifican el artículo 67 del Anexo A de la R.G. (IGJ) Nº 7/2015 previéndose que el objeto social de una sociedad puede estar conformado por un conjunto de categorías de actos jurídicos, y no será exigible que sean conexas o guarden relación entre ellas. Esta flexibilización elimina la restricción de registrar instrumentos constitutivos con un objeto único y el artículo 68 del mismo cuerpo normativo que exige un capital inicial superior al fijado en el acto constitutivo ante la pluralidad de actividades comprendidas en el objeto social. 

Para conocer la normativa haga click en el siguiente link:

rg_igj_2-2024.pdf (argentina.gob.ar)