Juzgado: Cámara Nacional Comercial
Autos: “Banco Federal Argentino SA s/quiebra”
Sala A
Fecha: 7 de febrero de 2024
La Camara Nacional Comercial en fallo de fecha 7/2/2024 revoco la decisión de la primera instancia, admitiendo el pago de dividendos en dólares. Entre otras razones buscando la debida protección del crédito y reduciendo las consecuencias de un proceso falencial tan antiguo (27 años) que había erosionado los derechos de los acreedores.
Así, la Camara en un párrafo de su fallo fundamenta su decisión: “Véase en este sentido que al admitirse la pretensión del acreedor, no solo no se está controvirtiendo norma alguna en el mercado cambiario, sino que, además, se está manteniendo la intangibilidad de los dividendos concursales a la fecha en que se ha presentado el proyecto de distribución, sorteando la depreciación clara que han tenido los montos asignados por el transcurso del tiempo (conf. esta CNCom, ésta Sala A, 21.10.2020, “Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia s/ quiebra s/ incidente de segunda distribución complementaria”; íd., íd., 13.04.2023, “Siresa S.A. s/ quiebra”). A todo ello debe añadirse que, según surge de la contestación del memorial, la sindicatura no se ha opuesto a la petición del recurrente. 5.) Ante estas consideraciones, estima esta Sala que, de manera excepcional, en las condiciones particulares de este proceso y en esta coyuntura económica, cabe admitir que el pago de los todos dividendos concursales aquí involucrados sea realizado en dólares estadounidenses en favor de todos los acreedores. Ello pues, conforme surge del proyecto de distribución presentado en la quiebra, los fondos resultan suficientes para abonar los gastos del concurso, reservas y créditos verificados, habiendo informado la sindicatura que existiría remanente para afrontar los intereses suspendidos por la quiebra, por lo que no se visualiza la existencia de perjuicio para la quiebra.”
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