Luego de que el Gobierno retrasará la discusión del capítulo fiscal de la ley ómnibus y con la fecha de la reforma puesta en 2025, un think tank elaboró una propuesta que contempla posibles modificaciones a la estructura impositiva de la Argentina.
Luego de la prueba de fuego con la ley ómnibus, y tras retrasar la discusión del capítulo fiscal, el Gobierno habría decidido enviar al Congreso antes de fin de año un proyecto para una “reforma integral del sistema tributario” con implementación en 2025.
En este escenario futuro, uno de los puntos centrales que se debatirá, por el interés que despierta para los gobernadores, será la creación del impuesto a los Ingresos Personales, que permitirá recuperar recursos coparticipables que se perdieron con la eliminación de la cuarta categoría de Ganancias.
Cambios en Ganancias, autónomos, monotributo y un impuesto negativo a la renta
Lejos de la propuesta oficialista, de eliminar el régimen cedular y restablecer el sistema de tributación vigente hasta septiembre del año pasado, con un mínimo no imponible de $1.250.000 brutos para solteros con actualización por inflación, en Fundar consideran que se debe establecer un nuevo esquema.
Con base a la premisa de que hay que disminuir el peso de los impuestos sobre los bienes y servicios -incluidos los del comercio exterior- y reforzar el de los ingresos y el patrimonio, en la fundación consideran los asalariados deberían pagar un solo impuesto que contemple Ganancias y los aportes patronales.
Y cuya recaudación tendría como destino el sistema de seguridad social, la cual consideran “la principal fuente de déficit público”. “Además de ganar en equidad, posibilitará un diseño más simple de la tributación sobre rentas laborales, eliminando la necesidad de definir deducciones, mínimos no imponibles y otros parámetros que han sido muy difíciles de mantener en el tiempo sin generar inequidades”, argumentaron.
Pero los cambios también se extenderían a los autónomos. Para bajar la carga impositiva proponen dos medidas: que, mediante un acuerdo federal, se tome como paga a cuenta de Ganancias los abonos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con un tope; y limitar a un porcentaje de la facturación la justificación de gastos por actividad.
Mientras que, para los trabajadores por cuenta propia, la novedad estaría en el establecimiento de un “impuesto negativo a la renta” administrado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). “La idea es que el nivel de base imponible mínimo establecido para estar alcanzado en el nuevo impuesto sobre el ingreso, que podría ubicarse en un 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), funcione como un crédito fiscal”, puntualizaron.
Lo que sería una solución frente a la tercerización de los planes sociales al fomentar la formalización junto con el trabajo. Debido a que si bien cuando se declaren ingresos inferiores al mínimo el crédito se convertirá en un subsidio, en la medida en que lo superen las personas comenzarán a pagar el impuesto.
En cuanto a los 2,4 millones de monotributistas activos, en la fundación plantean que se debe continuar con el régimen, pero con cambios que permitan la transición automática y sin saltos abruptos al régimen de tributación general.
A partir de una reducción de categorías de 11 a seis, el establecimiento de un límite superior de ingresos en unidades tributarias hasta el equivalente a 160 SMVM o 52 RIPTEs para los servicios (el que sea mayor) y para productores de bienes que sea 1.5 veces este último.
A la par de la fijación, en la categoría más baja, de pagos impositivos y previsionales que contengan una alícuota sobre los ingresos brutos medios no inferior al 75% de la establecida para el impuesto único a los ingresos de los asalariados.
Bajo un esquema de alícuotas progresivas, en donde la máxima categoría sea un escalón inferior al que abona un trabajador autónomo a los fines de evitar el efecto umbral con el régimen general. Y se le otorgué la posibilidad, a los productores de bienes, de compensar un porcentaje del crédito de IVA por las compras mediante la utilización de la Factura Electrónica (FE).
¿Una nueva Ley de Coparticipación?
En medio de la discusión sobre el impuesto PAIS para compensar las pérdidas de Ganancias, desde la fundación plantean la necesidad de una nueva Ley de Coparticipación que establezca cambios en la distribución primaria y secundaria y actualice normas sobre analogías y características de tributos locales.
“Toda reforma tributaria que afecte la masa coparticipable requerirá de algún acuerdo entre nación y provincias; además (…) de un acuerdo federal para jerarquizar un organismo federal que coordine cuestiones de administración tributaria y ayude a la simplificación del sistema”, afirmaron en el informe.
A los fines de unificar el sistema, proponen que se amplíe el Registro Único de Tributación (RUT) para simplificar la inscripción y el pago mediante la utilización de procesos armonizados que incluyan la preinscripción de impuestos.
En esa línea, plantean que se sancione una norma que permita el libre uso de la clave fiscal de la AFIP como medio de autenticación, junto con la posibilidad de que las administraciones locales vinculen sus servicios con el organismo y se elimine el secreto fiscal entre jurisdicciones.
Más impuestos patrimoniales
Si bien consideran que las rentas de capital y empresariales mejorarán automáticamente con la eliminación de las retenciones a las exportaciones, con el objetivo de disminuir la evasión y elusión, en Fundar impulsan en que se unifique la alícuota en 35%, se establece un impuesto mínimo sobre la venta o stock de activos y un adicional sobre la de recursos naturales.
Mientras que, a nivel de los tributos sobre la propiedad, consideran que como requisito para mejorar la recaudación en todos los niveles de gobierno se tendría mejorar la valuación fiscal de los inmuebles, para luego ampliar y coordinar el impuesto a los Bienes Personales.
A partir de la eliminación de la excepción sobre los rurales, la diferenciación entre los localizados en el país y el exterior y disminución del que rige para la vivienda propia. Como criterio armonizador entre jurisdicciones, plantean que se podría utilizar, el pago a cuenta ingreso a las provincias por el impuesto Inmobiliario y Automotor.
En complemento, de que se debería armonizar con las provincias el impuesto personal al enriquecimiento gratuito. “Al gravar con mayor carga la riqueza heredada, el objetivo es reducir la desigualdad de riqueza y promover condiciones de competencia más equitativas”, remarcaron.
Cambios en el IVA, Ingresos Brutos y el fin del impuesto PAIS
A causa de la carga excesiva de los tributos que recaen sobre los bienes y servicios, proponen que el IVA sea de “tipo de consumo puro” con automatización de las devoluciones para bienes de capital y exportaciones, que comúnmente se demoran. Y que se limiten las vías de escape que se producen por exenciones y alícuotas diferenciadas.
Además de la coordinación federal del impuesto a los Ingresos Brutos, se destacan que se debería eliminar el Impuesto PAIS en un plan de estabilización con unificación cambiaria. Lo que no deja fuera de consideración, el impuesto sobre los Débitos y Créditos (al cheque) que tendría que funcionar como un sistema de recaudación de otros: “tomarlo como pago a cuenta”.
Por último, consideran que se debe fortalecer el impuesto sobre el Carbono, ya que es un “forma poco costosa y carente de todo discrecionales para reducir la contaminación” y donde la Argentina grava a tasas muy bajas en comparación con los países vecinos.
Lo que ya estaba: impuestos a la vista e incentivos a cumplidores
Como ya lo sugería la “Ley de Bases…”, con base en la propuesta de la organización Lógica, en Fundar también consideran que se debe explicitar el IVA en el precio de los consumidores finales, ya que serviría para tomar conciencia sobre la tributación.
Y se establezcan mecanismos de incentivos que permitan mejorar el cumplimiento tributario y disminuir la presión en el sector formal. “La idea es que aquellos contribuyentes que estén al día con todas sus obligaciones y sean calificados por la AFIP como de muy bajo riesgo, obtengan créditos fiscales que podrán utilizarse en cualquier impuesto -sólo dependiendo de la jurisdicción-“, destacaron.
Fuente: Cronista.com