Capital mínimo para la constitución de las SA.
Mediante el Decreto 209/2024 se fija en $ 30.000.000 el capital social mínimo exigido para la constitución de las SA por el artículo 186 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984, con vigencia a partir de la fecha.
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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – LEY GENERAL DE SOCIEDADES – Decreto 209/2024