Régimen especial de regularización fiscal destinado a contribuyentes y responsables para la cancelación de tributos administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos.
El Poder Ejecutivo provincial mediante el Decreto (ER) Nª 388/2024 establece un régimen especial de regularización fiscal para la cancelación de tributos provinciales administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos -ATER-, cuyos vencimientos hubieren operado hasta el 31/12/2023.
Obligaciones incluidas en el decreto:
– Las deudas de todos los tributos provinciales administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos, incluyendo sus accesorios y multas, así se encuentren intimadas, en procesos de fiscalización, en gestión extrajudicial, en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo, juicios de ejecución fiscal, verificadas en concurso preventivo o quiebra, o incluidas en otros regímenes de regularización vigentes o caducos a la fecha de vigencia del presente.
– Se clasifica a los contribuyentes en pequeños, medianos y grandes deudores a fin de establecer los beneficios, anticipo a abonar, plazos y tasas de interés de financiación a aplicar.
Ventajas:
– Se otorgara un porcentaje de condonación del monto de intereses y multas por infracciones materiales generadas sobre obligaciones tributarias según la clasificación de contribuyente otorgada: pequeños, medianos y grandes deudores.
– Será condición necesaria para gozar de los beneficios del presente régimen que los contribuyentes regularicen todas las deudas por obligaciones fiscales no prescriptas que registren de todos los tributos, como así también los que tengan la obligación de constituir el domicilio fiscal electrónico, no podrán acceder al presente régimen sin la previa constitución del mismo.
Desde el 01/3/2024 y hasta el 30/4/2024 tienen plazo para el acogimiento a la moratoria.
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