ECONOMÍA – OCDE: América Latina y el Caribe alcanzarán el equilibrio estructural previo a la pandemia en 2025

La OCDE espera que las regiones experimenten una mejora constante de 2022 a 2025, y las previsiones indican un retorno al -3,4 % del PIB potencial para ese año.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) proyectó que, para 2025, el saldo estructural promedio en América Latina y el Caribe alcanzará niveles previos a la pandemia del coronavirus.

La OCDE espera que las regiones experimenten una mejora constante de 2022 a 2025, y las previsiones indican un retorno al -3,4 % del PIB potencial para 2025.

Esta cifra se alinearía con las proyecciones para los países de la OCDE y reflejaría el -3,4 % registrado en 2019.

El saldo fiscal estructural o subyacente es la diferencia entre los ingresos y gastos del gobierno, corregidos para tener en cuenta los efectos que podrían atribuirse al ciclo económico y a eventos puntuales.

En este sentido, la OCDE considera que la pandemia exacerbó los déficits estructurales en la región de América Latina y el Caribe (ALC), debido a una disminución de los ingresos gubernamentales y un aumento del gasto público.

Como resultado, el saldo estructural promedio de ALC se deterioró del -3,4 % del PIB potencial en 2019 al -4,7 % en 2022, mientras que el de la OCDE cayó del -1,38 % al -3,8 % durante el mismo período.

Los pronósticos sugieren que Surinam liderará la recuperación con un aumento de 4,0 puntos porcentuales, seguido por Colombia con 3,6 y Argentina con 2,9.

Para 2025, se espera que solo Surinam y Barbados registren saldos positivos del 0,9 % y el 0,1 % del PIB potencial, respectivamente.

Sin embargo, será gracias a las principales economías de ALC, Argentina y México que mejorará el promedio de ALC para 2025, con -1,2 % y -2,8 % del PIB potencial, respectivamente.  Por su parte, se prevé que Brasil alcance el -5,4 % del PIB potencial.

Fuente: el economista

Impuesto a las Ganancias: bajan el piso salarial a partir del cual se pagará y eliminan numerosas exenciones

  • Solteros desde $ 1,1 millón y casados desde $ 1,5 millón estarán alcanzados por el impuesto.
  • Se estima que un millón y medio de trabajadores, hoy exentos, pasarán a pagarlo.
  •  Las alícuotas van del 5% al 35% por encima del nuevo minino no imponible.

Luis 

 

 

Los trabajadores en relación de dependencia que ganan más de $ 1.141.066 netos mensuales, en el caso de los solteros sin hijos, y más $ 1.509.465 de bolsillo, los casados con el cónyuge a cargo con 2 hijos pagarán el Impuesto a las Ganancias, si se aprueba el nuevo proyecto de ley que el Gobierno está enviando al Congreso .

Estos cálculos son de Fernando López Chiesa, del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados quien aclara que todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto. Y el mínimo no imponible y las escalas del impuesto se actualizarán cada 3 meses por el Índice de Precios ( inflación) en enero, abril, julio y octubre de cada año.

El proyecto elimina el piso salarial impulsado por Sergio Massa desde 2021 y vigente en $ 2.340.000 brutos (15 Salarios Mínimos, Vital y Móvil- SMVM) en la ley que el gobierno de Milei quiere eliminar. Se vuelve al esquema anterior.

Esto significa que 1,5 millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%.

En los considerandos, el proyecto dice que “tiene por fin recomponer los ingresos fiscales ( a partir de 2024) eliminados entre agosto y diciembre 2023, específicamente en lo referido al impuesto que recae sobre los ingresos personales de los contribuyentes con mayor capacidad contributiva”.

El proyecto ratifica el alivio fiscal que aplicó Sergio Massa entre septiembre y diciembre 2023.

En el caso de los autónomos el mínimo no imponible es más bajo: $ 885.310 – soltero sin hijos- y $ 1.253.709 – casado con 2 hijos.

Una novedad del proyecto – articulo N° 98 – es que incorpora como parte de la base imponible del impuesto todos los pagos recibidos por los trabajadores en relación de dependencia y no se aplicarán para el cálculo del impuesto exenciones o reducciones establecidas por otras normativas, con la única excepción de la ley 26.176 aplicable a trabajadores petroleros.

“Los distintos conceptos que bajo la denominación de beneficios (sociales o de cualquier otra naturaleza) y/o vales de combustibles o por cualquier otro concepto, extensión o autorización de uso de tarjetas de compra y/o crédito, vivienda, viajes de recreo o descanso, pago de gastos de educación del grupo familiar u otros conceptos similares, sean otorgados por el empleador o a través de terceros a favor de sus dependientes o empleados, se encuentran alcanzados por este impuesto, aun cuando no revistan carácter remuneratorio a los fines de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o regímenes provinciales o municipales análogos”, especifica el artículo 98 del proyecto. .

Esto significa, según comentó a Clarín, Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Economicas, que se deja sin efecto, entre otras, las siguientes exenciones y deducciones:

  • La exención del bono por productividad, fallo de caja o conceptos similares (hasta 40% del Mínimo no Imponible)
  • Se deja sin efecto la exención de los suplementos particulares para el personal militar
  • Se deja sin efecto la exención del Sueldo Anual Complementario ( aguinaldo)
  • La exención para las remuneraciones en concepto de guardias para el personal de salud
  • No será aplicable ningún tipo de exención, desgravación, que se establezca por ley, excepto para los trabajadores petroleros – personal de pozo – (Ley 26176)
  • Se deja sin efecto la deducción por gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas.
  • Se elimina el tratamiento diferencial para las horas extras gravadas.

El proyecto deroga el incremento del 22% en las deducciones para los trabajadores y jubilados que residen en la zona patagónica. Esto afecta a los trabajadores y jubilados de la provincia de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.

En cambio, se contemplan otras deducciones como un porcentaje con tope de la base imponible del impuesto, como intereses hipotecarios, seguro de vida, medicina prepagas, gastos médicos, personal de casas particulares, entre otros.

A modo de ejemplo, según Lopez Chiesa, un trabajador soltero sin hijos, con un sueldo bruto de $ 1.800.000 – hoy exento de Ganancias- le retendrán $ 79.047 mensuales. Y con un sueldo bruto de $ 2,340.000 (también hoy exento de Ganancias), pagará $ 242,857. Y al casado con 2 hijos, le retendrán $ 12.769 y $ 134,817 mensuales, respectivamente.

Además, el proyecto de Ley enviado al Congreso aumenta los niveles de facturación de las categorías del Monotributo y de las cuotas mensuales a pagar.