Saltar al contenido

Impuesto a las ganancias: debate entre tributaristas por el cobro retroactivo del alivio fiscal de fines de 2023

Impuesto a las ganancias: debate entre tributaristas por el cobro retroactivo del alivio fiscal de fines de 2023.

El Gobierno podría cobrar un retroactivo a los trabajadores en relación de dependencia por un alivio fiscal que el Gobierno anterior impuso por decreto en el último trimestre de 2023. Y, para que eso no se aplique plantea incluir la ratificación de ese alivio fiscal por el Congreso a cambio de acordarlo en un proyecto de ley que reduzca el mínimo no imponible (MNI) de Ganancias.

Los especialistas en impuestos dicen que la ratificación del alivio fiscal puede aprobarse sin modificar el impuesto a las Ganancias 2024.

Así coinciden n que esa rebaja de Ganancias por la modificación de las alícuotas del impuesto entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2023 (decreto 415/2023) para los trabajadores en relación de dependencia requiere una ratificación por ley del Congreso. Pero admiten que eso puede hacerse por una ley específica, sin modificar o rebajar el actual piso de 15 Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

“El Decreto 415/23 requiere incuestionablemente una ratificación legislativa. Esa ratificación estaba en el proyecto de ley del Presupuesto 2024 del anterior Gobierno que no fue tratado por el Congreso (el Gobierno de Milei prorrogó el de 2023) y también en el proyecto de ley de Ganancias del nuevo gobierno que tampoco fue tratado”, le dijo a Clarín el tributarista Cesar Litvin. Y agregó que esa ratificación puede ser hecha en forma separada o incluida en una nueva ley de Ganancias.

Así, “de no tener una aprobación legislativa que valide la disminución del impuesto producida por el decreto 415/2023, los asalariados que tuvieron una menor retención del gravamen, estarán en deuda con AFIP por el periodo 2023”, dijo Litvin.

Se estima que esa deuda, en promedio, podría rondar los $ 250.000 a $ 300.000.

Para Guillermo Michel, ex titular de la Aduana, aliviar la carga tributaria de los trabajadores y jubilados mediante la reducción de las retenciones del impuesto a las Ganancias que establece la AFIP, y su posterior ratificación parlamentaria, es una herramienta que ha sido utilizada sin distinciones políticas.

“Desde el Decreto 561/2019 del gobierno de Macri, que fue ratificado por el artículo 46 de la ley 27.541, hasta la RG (AFIP) 2867/2010 del gobierno de Cristina Kirchner, ratificación mediante el artículo 1º de la ley 26.731, se han instrumentado medidas de adelantamiento de alivio fiscal para su posterior ratificación por ley. En este caso, la ratificación estaba en el proyecto de ley del Presupuesto 2024, que no fue tratado por el Congreso”, explicó.

Por otro lado, en relación con la restauración de la cuarta categoría para los asalariados con MNI sustancialmente más bajos que los vigentes actualmente – que el Gobierno volvería a incluir en un proyecto de ley-, se plantea el interrogante por la fecha de la entrada en vigencia que podría tener.

Para Litvin, “en la teoría pura, el impuesto a las Ganancias tiene un hecho imponible de ejercicio, con lo cual, las modificaciones deberían regir desde el 1 de enero de 2024.

En ese sentido, aquellos que no fueron alcanzados por el impuesto los primeros meses del año, si se aplican retroactivamente los mínimos más bajos proyectados, quedarían en deuda con el Fisco. Serían aquellos trabajadores que ganan menos de $ 2.340.000, pero más de $ 1.250.000”, detalló el tributarista.

“Desde mi punto de vista -insistió Litvin-, no debería tener vigencia retroactiva, dado que existen antecedentes recientes con los aumentos de los pisos del impuesto, que disponían la vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial, es decir hacia adelante y no hacia atrás, en la aplicación de la norma”.

 

Autor: Ismael Bermúdez

Fuente: Diario Clarín