La IGJ deroga el Régimen de las sociedades constituidas en el extranjero que solicitaren su inscripción como sociedades vehículo
Se deroga la R.G. (IGJ) Nº 8/2021 y su Anexo A, la cual ha generado diversas críticas y obstáculos para las sociedades constituidas en el extranjero que desean operar en Argentina. Asimismo, se modifican los artículos 212, 215, 217, 218, 219, 222, 239, 240, 245, 249, 255 y 256 del Anexo A, de la R.G. (IGJ) N° 7/2015, con la finalidad de corregir estas limitaciones y crear un marco más propicio para la inversión extranjera y el desarrollo económico del país, garantizando el respeto a los preceptos constitucionales y la coordinación entre las distintas jurisdicciones.
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