IGJ. Derogan la obligación de inscribir los poderes del representante del administrador de SAS domiciliados en el extranjero.
Se deroga la R.G. (IGJ) N° 20/2020, que obligara a la inscripción en el Registro Público de los poderes del representante del administrador de las SAS domiciliados en el extranjero. Y se establece que dicho poder estará limitado a la recepción de las notificaciones por cuenta y orden de su representado y, de considerarlo necesario el administrador, para la realización de trámites en su nombre ante los Organismos Públicos. Se aplicará a partir del 05/03/2024.
Para acceder al texto de la norma haga click en el siguiente link:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/304229/20240304