* El nuevo proyecto cuenta con 232 artículos en total.
* Se declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año.
* Se delegan facultades al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional.
* El Gobierno deberá informar “mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos”.
* Como bases de delegaciones legislativas, se dispone: mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común; reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas; y asegurar el efectivo control interno de la Administración Pública Nacional con el objeto de garantizar la transparencia en la administración de las finanzas públicas.
* Se prohíbe que el Ejecutivo pueda intervenir “las universidades nacionales, los órganos u organismos del Poder Judicial, Poder Legislativo, Ministerio Público y todos los entes que de ellos dependan”, al tiempo que tampoco “podrá disponer la disolución” de un conjunto de organismos como CONICET, ANMAT, INCAA, CONAE, ENACOM, INTA, entre otros.
* Sobre los fondos fiduciarios se lo autoriza al PEN a “modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar” los mismos, pero se aclara qué deberá hacerse con las fuentes de financiamiento. Se excluye de la lista al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, creado por la Ley 25.565.
* En el capítulo de privatizaciones, para los casos de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima y Yacimientos Carboníferos Río Turbio se podrán “únicamente organizar un programa de propiedad participada y colocar una clase de acciones para ese fin” e “incorporar la participación del capital privado debiendo el Estado Nacional mantener el control o la participación mayoritaria en el capital social”.
* Sujetas a total privatización figuran Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina, Radio y Televisión Argentina e Intercargo S.A.U.; y en el esquema de privatización/concesión aparecen AySA, el Correo Oficial, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria y Corredores Viales.
* “El proceso de privatización deberá desarrollarse de conformidad con los principios de transparencia, competencia, máxima concurrencia, gobierno abierto, eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos, publicidad y difusión”, reza uno de los artículos sobre el proceso en que también tomarán parte la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones, la AGN y la SIGEN.
* El Gobierno incluyó en esta nueva versión la derogación de la Ley 27.705, de Plan de Pago de Deuda Previsional, sancionada en febrero de 2023, más conocida como la moratoria previsional para que quienes no cuentan con los aportes necesarios puedan acceder a una jubilación. Así, la moratoria se elimina, pero a propuesta de la oposición dialoguista se agrega la creación de una “Prestación de Retiro Proporcional” para aquellas personas que hubieran alcanzado los 65 años de edad y no cumplan con los requisitos necesarios.
* Se prevé la promoción del empleo registrado. “Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley”.
* “La reglamentación determinará los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al 70% de las sumas adeudadas. Se podrá establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”, agrega.
* El articulado también indica que los trabajadores incluidos en la regularización tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por la que se los regularice, calculados sobre un monto mensual equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil.
* El proyecto prevé modificaciones en la Ley de Empleo Público; y un capítulo de energía con reformas a la Ley de Hidrocarburos y Ley de Gas Natural.
* Se plantea la creación de un Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI), que incluye una serie de beneficios fiscales y aduaneros para sociedades nacionales y extranjeras que inviertan en proyectos por encima de los 200 millones de dólares.
Reforma laboral
* Eliminación de multas a empleadores por tener trabajadores no registrados.
* Se lleva el período de prueba de tres a seis meses y se determina que podrá ser de hasta ocho meses en empresas de seis hasta 100 trabajadores, y de hasta un año en empresas de hasta cinco trabajadores.
* Fondo de cese laboral: Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir la indemnización prevista en el artículo 245 de la Ley 20.744 por un fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo nacional. Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización y/o la suma que libremente se pacte entre las partes.
* Se introduce la figura de “colaboradores” en empresas de hasta cinco trabajadores “independientes” para “llevar adelante un emprendimiento productivo”. Se habla de una “relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación”.
Temas que fueron excluidos
* El Banco Nación se eliminó de la lista de privatizaciones.
* Se sacó el apartado referido a la consolidación de deuda pública del Fondo de Garantía de Sustentabilidad.
* Se quitó el apartado sobre impuestos internos al tabaco.
* Se eliminó el capítulo sobre defensa de la competencia.
Disidencias de los bloques dialoguistas (reclamarán en el recinto)
* Impuestos internos al tabaco.
* Eliminación de contribuciones obligatorias a los sindicatos.
* Contemplar al INTI, al Instituto de la Música y al Instituto del Teatro dentro del listado de organismos que el PEN no podrá intervenir.
* Menores montos de inversión requeridos para que las MiPyMEs puedan acceder al RIGI.
Fuente: El Parlamentario