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Personas jurídicas  – Provincia de Buenos Aires – Integración de capital social

Se deroga la Disposición DPPJ N°74/2020 que fijó como único procedimiento para la acreditación de la integración del capital de sociedades en formación el depósito en un banco oficial, tal como lo hacía el artículo 140 de la Disposición DPPJ N° 45/2015.

Dado que actualmente,  en virtud del convenio celebrado entre la Dirección Provincial y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, existe la posibilidad de que las sociedades en formación realicen la apertura de cuentas bancarias en forma totalmente remota y digital, herramienta de inestimable importancia que esta Dirección Provincial propicia como mejor alternativa para cumplir con la acreditación de los aportes de capital.

 

Fuente: PJPBA