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RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5499

En la práctica se deja sin efecto el adelantamiento de vencimientos de los impuestos PAÍS, sobre los Créditos y Débitos y a las entradas de espectáculos cinematográficos dispuesto para el mes de marzo de 2024.

La AFIP establece que las obligaciones impositivas cuyos vencimientos se habían adelantado para el día 25 de marzo se considerarán cumplidas en término siempre que las mismas se hubieran efectivizado hasta el 27 de marzo de 2024, inclusive.

Recordamos que, a través de la RG (AFIP) 5492, se dispuso, de manera excepcional, el 25 de marzo de 2024 como nueva fecha de vencimiento para la determinación y/o ingreso del impuesto PAIS, del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias y del impuesto a las entradas de espectáculos cinematográfico con vencimiento fijado originalmente el día 27 de marzo.